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Superintendencia De Seguros Autoriza Aseguradoras a Invertir Reservas en Fondos de Inversión y Fideicomisos

7 de Junio de 2018

El Superintendente de Seguros, Euclides Gutiérrez Félix autorizó a las Aseguradoras y Reaseguradoras para que puedan invertir sus reservas en tres nuevas modalidades que estaban fuera de la Ley 146-02 Sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana.

Superintendencia De Seguros Autoriza Aseguradoras a Invertir Reservas en Fondos de Inversión y Fideicomisos

Nuevas Opciones de Inversión para las Aseguradoras

Mediante la Resolución No. 05-2018, el Superintendente de Seguros autoriza los siguientes sistemas a ser considerados como Inversión de Reservas: 1- “Fondos de Inversión abiertos y cerrados y operados por Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión autorizadas por la Superintendencia de Valores”, 2- “Las cuotas de fideicomiso de oferta pública autorizados por la Superintendencia de Valores” y 3-“Las operaciones de compra de Títulos-Valores con Pacto de Retroventa (Reporto o Repos) transados a través de los puestos de bolsa autorizados por la Superintendencia de Valores”.

La Superintendencia de Seguros, en uno de los considerando explica que el Articulo 145 de la Ley 146-02 Sobre Seguros y Fianzas, establece los instrumentos financieros y valores en lo que los aseguradores pueden invertir sus reservas.

En uno de sus considerandos se motiva la nueva disposición basándose en que el crecimiento del Mercado de Valores ha generado nuevos instrumentos de inversión mediante la Ley No. 249-17.

Adicionalmente, se refiere que la Ley 87-01 que crea el Sistema de la Seguridad Social, estableció las bases para un mercado de valores y por consiguiente se ha dictado varias leyes que dan origen a varios instrumentos de inversión.

El Superintendente de Seguros explicó que cuando se promulgó la Ley 146 Sobre Seguros y Fianzas en el año 2002, esos instrumentos de inversión no existían y que por lo tanto la misma ley le faculta en el Artículo 145, autorizar cualquier inversión en renglones no especificados.

Gutiérrez Félix señaló que con la disposición, se abre un abanico de posibilidades para que las Reservas de los aseguradores y reaseguradores puedan ser invertidas y generar beneficios a través de comisiones y tasas por inversión para el movimiento del capital declarado como Reservas.

 

Fuente: Dirección de Comunicaciones Superintendencia de Seguros.-

Artículo Original: Clic Aquí

General de Seguros presenta su nueva imagen y equipo gerencial

Santo Domingo.- Con una trayectoria de más de 30 años en el mercado asegurador, General de Seguros anuncia con entusiasmo su renovación a los dominicanos.

La buena nueva fue dada el pasado jueves 13 de Junio en una recepción realizada en el Hotel Embajador, donde los invitados, allegados del sector asegurador, clientes y amigos de la prensa conocieron de primera mano los cambios, las innovaciones y  los proyectos que trae la nueva General de Seguros.

Desde la Izquierda: Leopoldo Castillo, Ing. Simón Mahfoud, Gabriel Castillo

En esta etapa, además, se han integrado profesionales líderes reconocidos en sus áreas, entre los cuales figura el Ingeniero Simón Mahfoud Miguel como Presidente Ejecutivo, con una amplia trayectoria de más de 25 años en posiciones cimeras en el mercado asegurador.

Queremos mostrar al país y al mundo el nuevo rostro de nuestra aseguradora, donde hemos incorporado ya los mejores complementos a nuestros productos: innovación, honestidad, compromiso, confianza, servicio y confiabilidad”, declaró Mahfoud.

Los señores Leopoldo Castillo y Gabriel Castillo, que detentan las funciones de Presidente y Vicepresidente del Consejo de Administración de General de Seguros, respectivamente, se manifestaron agradecidos por la excelente acogida que ha tenido la empresa luego de su reciente adquisición. Estos jóvenes empresarios venezolanos hacen despliegue de su provechosa experiencia en el mercado financiero y de seguros que proviene de Venezuela con BBA Seguros y Reaseguros y que ya opera en Panamá. La nueva General de Seguros forma parte de sus ambiciosos planes de expansión en Centro América y el Caribe.

De manera oficial se develó la imagen que ahora identifica la marca, en la que se destacan dinamismo, cambio, eficiencia y servicio personalizado en una propuesta más acorde con los nuevos tiempos y las exigencias de la vida actual.

Logo Nueva General de Seguros

Logo Nueva General de Seguros

También se anunció la adquisición de un nuevo local para sus oficinas, ubicado en la Av. Sarasota No. 39, Torre Sarasota Center, un cambio que se complementa con las atenciones de un personal preparado para brindar un servicio eficaz, así como respuestas inmediatas.

Una nueva oferta es el producto “General Auto Plus”, una póliza de automóvil todo riesgo, con cero deducible y cero depreciación, en la que se incluyen las coberturas de Rotura Accidental de Cristales y Daños por Desnivel del Pavimento en las vías donde transita el vehículo. También “General Multihogar”, con una cobertura que engloba la edificación, contenido de la vivienda y Responsabilidad Civil entre otras coberturas.

Además, mantienen los planes que les han hecho ganar su espacio en nuestro mercado de seguros durante más de tres décadas en los ramos de Vida Colectivo, Accidentes Personales, Vehículos de Motor, Casco Marítimo, Fianzas, Fidelidad, Responsabilidad Civil, Incendio y Líneas Aliadas, Equipos Electrónicos, Rotura Accidental de Cristales y Transporte.

Con capital venezolano e inversión local, esperamos muy pronto ver los frutos de esta renovación de la mano de su Presidente Ejecutivo, el Ing. Simón Mahfoud, quien sabrá imponer su marca de excelencia en la calidad de servicio, trato personalizado y oportunas respuestas en todas las áreas que conforman la empresa y continuar brindando así el mejor de los servicios y hacer que su clientela dominicana, y los productores de seguros, nos sintamos “tranquilamente seguros”, tal y como dice el eslogan que identifica a la nueva General de Seguros.

Comparativo de Mercados de Seguros (I)

¿Cómo andan los seguros en nuestro país? Gran pregunta, por lo que, para acercarnos a una respuesta objetiva, recurrimos al benchmarking entre los mercados de la región.

Ojo Con Las Ferias

Las ferias de préstamos para vehículos que se celebran periódicamente en el país han contribuido por más de 10 años a la dinamización de las ventas y representan para muchos una buena oportunidad para hacerse de un medio de transporte personal o renovar sus flotillas comerciales. (Auto Feria Popular impacta en economía, diario Primicias, 05 de Diciembre del 2010)
 
Muchas ventajas son añadidas a las compras en ocasión de estos eventos y son ampliamente publicitadas hasta con meses de antelación. De todas ellas, las que llaman nuestra atención, por supuesto, son las relacionadas con las pólizas de seguro para estos vehículos y ya sea en el marco de alguna feria o no, las mismas van desde un descuento importante en la prima hasta la inclusión o financiamiento de este monto dentro del préstamo tomado. Estas ofertas tienen el objetivo adicional de hacer más digerible la suscripción obligatoria del seguro sobre la prenda o garantía objeto de la transacción y para obtener el recurrido Endoso de Cesión de Derechos.
 
En muchos casos, la contratación del seguro como requisito para el préstamo se hace con la exigencia adicional de ser emitido a través de una aseguradora “aceptada” por el banco o “directo y sin intermediarios” o, si permitieran intermediarios, que este sea escogido por ellos.
 
Prácticamente en todos los bancos y demás entidades financieras operan departamentos de Banca-Seguros a través de los cuales se canalizan estas ofertas y se hacen los trámites para las emisiones de las pólizas sobre las garantías de los préstamos. Sospechosamente, en ningún caso estos departamentos, ni tampoco los mismos bancos, se identifican como intermediarios de seguros y, sin embargo, actúan como tales. Veamos qué dice la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas sobre este particular (el énfasis añadido es nuestro):
 
“Art. 4.- Además de los aseguradores y reaseguradores, solamente los intermediarios y los ajustadores podrán usar en sus denominaciones o en su giro comercial las palabras “seguro”, “reaseguro”, “coaseguro”, “póliza” (cuando estas últimas sean emitidas por compañías de seguros) o sus derivadas, siempre que indique, de manera precisa en dichas denominaciones o en su giro comercial, su condición de agente general, agente local, corredor de seguros, agente de seguros de personas, agente de seguros generales, corredor de reaseguro o ajustador.”
 
“Art. 199.- Para que una persona, física o moral, pueda actuar en la República Dominicana como intermediario o ajustador en cualquier acto, transacción o actividad relacionada con el negocio de seguro o reaseguro, deberá poseer previamente la licencia correspondiente expedida por la Superintendencia.
 
Vale decir que la licencia correspondiente es una condición sine qua non para la promoción, gestión, venta y/o cobro de pólizas de seguros pero Los Bancos No Pueden Vender Seguros. Por ende, las operaciones de estas entidades (departamentos de Banca-Seguros y corredurías de seguros subsidiarias de entidades bancarias) son ilegales y están desautorizadas de pleno derecho. Por lo demás, su oposición a la participación de otros actores legítimos (reales intermediarios) en defensa de los intereses del asegurado/cliente, resulta entonces ilícita y aberrante. Molesta que esta situación exista y persista mientras las autoridades muestran la mirada perdida ante el asunto.
 
Este accionar, que resulta hostil para el consumidor, que vulnera el principio de la libre empresa consignado en nuestra Constitución y que atenta en contra de la salud del sector seguros es un botón de muestra de las malas prácticas validadas contractualmente en las que incurren los bancos comerciales y que pronto tendrán que ser corregidas. Recientemente el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Proconsumidor) determinó que “de 720 contratos de adhesión entregados por el sector financiero a esa entidad, el 100 por ciento tiene cláusulas abusivas y ambiguas…” (Dice contratos de adhesión tienen cláusulas abusivas, El Nacional, 17 de Noviembre del 2011)
 
Muchos clientes ven con buenos ojos estas facilidades y descuentos en el seguro de los bienes para los que procuran préstamos pero no reparan en la importancia de los detalles precedentes y suelen mantener este parecer sólo hasta la ocurrencia de un siniestro en el que se ven desahuciados y a merced de una empresa de seguros más afín a los intereses de un banco o una financiera que a los suyos como asegurados en procura de la correcta indemnización de los daños cubiertos en la póliza contratada.
 
El reconocimiento de las reglas de juego es condición previa indispensable para su aplicación. Todo lo arriba expuesto vale por igual para las ferias de préstamos hipotecarios con ofertas encantadoras pero tienen algunas diferencias importantes sobre las que vale la pena llamar la atención en otro artículo.
 
No pretendemos, con nuestra opinión, traer lluvias sobre el desfile de las ferias de préstamos ya que es en realidad a la Superintendencia de Seguros a quienes les corresponde velar por el fiel cumplimiento de la ley de seguros. Queremos, eso sí, puntualizar sobre estas situaciones para que, conociéndose de antemano, puedan ser regularizadas y reencauzadas dentro de la legalidad en provecho de todos los protagonistas y no solamente de los que detentenlas posiciones más fuertes (bancos).
 
Es su vehículo, es su póliza, es su dinero, así que de-fién-da-se… Mientras tanto, ojo con las ferias.

¿Para qué arreglar lo que NO está roto? (y III)

Pendientes se encontraban las conclusiones respecto del caso de la resolución No. 01-2011 de la Superintendencia de Seguros de fecha 09 de Mayo pasado.

Resulta que en fecha 20 de Junio del 2011 fue interpuesta una Solicitud de Adopción de Medida Cautelar por ante el Tribunal Superior Administrativo que procuraba la suspensión de la ejecución de la resolución mencionada más arriba y más tarde, el día 12 de Agosto pasado, ese tribunal emitía la sentencia No. 031-2011 en la que, efectivamente, se ordenaba la suspensión como fuera solicitada, pendiente de una decisión de fondo.

Llama la atención que la parte recurrente (demandante) haya sido una de las aseguradoras más importantes de nuestro mercado y no un consumidor que se sintiera lesionado en sus derechos o intereses por la pretendida implementación de una tasa mínima para el cálculo de las primas de seguros en el ramo de Incendio y Líneas Aliadas.

La reacción del sector empresarial quedó recogida en estas publicaciones de la prensa local:


Los argumentos más importantes presentados en sustento del recurso fueron la prominencia de los preceptos constitucionales referentes a la libre empresa y a la libre competencia así como el artículo 89 de la Ley 146-02 que rige la materia de seguros en nuestro país.

Los dos primeros conceptos se explican por sí solos y forman parte esencial de nuestro modelo democrático-capitalista mientras que en la referencia legal se da cuenta de la libertad en la que las aseguradoras operan al depositar las tarifas a la Superintendencia para su aprobación, conjuntamente con “los argumentos técnicos sobre los cuales dichas tarifas están basadas, como son: siniestralidad, costos de adquisición, costos administrativos, utilidad neta de rendimiento de las primas de los ramos propuestos, informaciones estadísticas que cumplan exigencias de transparencia, homogeneidad, responsabilidad y respaldo de reaseguradores previamente calificados de conformidad con esta ley”. 


Como vemos, los parámetros básicos que deben ser tomados en cuenta para la elaboración de las tarifas de seguros se encuentran enumerados en la ley. Paradójicamente, éstos NO fueron considerados, ni a distancia siquiera, previo a la emisión de la resolución de marras. 

Las consecuencias negativas en el corto tiempo de vigencia de tan intempestiva medida no se habían hecho esperar y el infraseguro había entrado por la puerta trasera vestido de resolución oficial.  Nos alegró sobremanera que haya prevalecido el buen derecho y que los mecanismos institucionales y jurídicos hayan operado de la manera esperada para evitar mayores distorsiones.

La decisión in extenso del tribunal puede ser descargada aquí: Sentencia TSA 031-2011 Sobre Resolución Superintendencia de Seguros

En esta ocasión hubo que arreglar algo que no estaba roto mientras otros asuntos importantes permanecen a la espera de atención y soluciones, asuntos que estaremos comentando pronto.




José Grullón acumula sobre 15 años como corredor y asesor en seguros. Contáctele escribiendo a grullon.jose@gmail.com

Atención soldados descuidados: "Nos avisaron hace ocho años"

Todos recordamos las dificultades económicas por las que atravesamos los dominicanos en aquel cuatrienio y sobre todo en sus últimos 2 años.
Recordaremos, sino todos los dominicanos, al menos los que participamos en el sector seguros y damos seguimiento constante a los acontecimientos en nuestro entorno, que hubo un práctico congelamiento de las ventas de automóviles a partir del 2002 hasta bien entrado el año 2004. Tanto de usados como de nuevos.
A los fines de este ejercicio, son estas ventas, o más bien la merma de éstas, sobre las que llamaremos la atención de ustedes.
El ramo de Seguros de Automóviles es “el día a día” de las aseguradoras. Por su alta siniestralidad no resulta atractivo per se, pero por su volumen de ventas permite mantener un flujo de caja al que se le da el manejo financiero propio del giro del negocio.
A partir de este 2011 nuestros clientes con vehículos del 2002 y 2003 empezaron a ser notificados por las aseguradoras que con efectividad a sus próximas renovaciones, las coberturas de daños propios de sus vehículos estarían siendo retiradas debido a que los mismos “no cumplen con la edad mínima para otorgárseles dichas coberturas”. Por norma general, éste límite de edad es 8 años.

Matemáticas simples:

                                                     2011
                                                     –     8
                                                     2003
Conclusión: a los vehículos del 2003 hacia atrás ya no se les hará “seguro full”.
Se sabe de muchos dealers que se fueron a la quiebra y conocemos de concesionarios que no importaron vehículos modelo 2003 en absoluto. Se podría argumentar que eso fue entonces y que ha pasado mucho tiempo y que la economía y el sector seguros ya se han recuperado… ¿Seguros?
Hilvanando lo visto hasta aquí, la reducción del universo de vehículos asegurables con daños propios, por efecto de la disminución en sus ventas en aquel período de descalabro económico nacional, vendrá a impactar negativamente el mercado asegurador ocho años después.
Esta situación es preocupante, muy preocupante. ¿Por qué? Pues porque el ramo de Seguros de Vehículos Motor es un componente importante de las carteras de todas las aseguradoras y, en términos de mercado, este componente sobrepasa el 40% del total de primas cobradas.
Luego de realizadas las extrapolaciones de lugar y si estas amenazas fueran desatendidas, podríamos llegar a ver como se caen las falsas profecías de un “crecimiento” de un 10% pregonado para este año por el Sr. Miguel Villamán de la Cámara Dominicana de Aseguradores y Reaseguradores (CADOAR) en una reciente reseña periodística.
El aumento del precio sería la más obvia de las soluciones. Sin embargo, no sería la más sana. Ya hace varios años que el sector crece por efecto del aumento de los precios de los seguros sin que se registre un aumento importante (más bien un decrecimiento) en la cantidad de pólizas suscritas. Si le añadimos el efecto dañino de la resolución única (hasta ahora) de la Superintendencia de Seguros que impone una tasa mínima para el ramo de Incendio y Líneas Aliadas, la situación pasa de preocupante a alarmante.
En un aparte, prometemos un análisis detallado sobre las consecuencias que ya se aprecian de dicha resolución. Mientras, las aseguradoras y las autoridades harían bien en escudriñar la historia reciente y poner sus barbas en remojo para no ser tomados desprevenidos.

 

José Grullón acumula más de 20 años como asesor y corredor de seguros. Contáctele escribiendo a grullon.jose@gmail.com